domingo, 30 de noviembre de 2014

¿QUE VENTAJAS Y UTILIDADES TIENE ESTUDIAR EL FACTOR HUMANO EN LA APLICACION DE LA PRL?

Entre las distintas ventajas de abordar un análisis de las características psíquicas diferenciales de cada persona y su influencia en la prevención de riesgos laborales, podemos citar las siguientes de manera no exhaustiva:

·         La formación a impartir a trabajadores, además de las medidas de cada puesto de trabajo, sería mucho más específica y concreta para cada trabajador.

·         Influencia en la productividad (se evitan jornadas formativas generales que no serán de utilidad para gran parte de los asistentes) y en la disminución de los accidentes.

·     En el caso de situaciones de estrés laboral, en la CE existe alta sensibilidad a dichas situaciones, lo que hace especialmente útil el predecir el nivel de estrés en relación con el entorno de trabajo.

·  Conocer las características personales psíquicas en relación al trabajo y a la prevención de riesgos laborales permitirá actuar sobre las mismas en la Planificación de la Actividad Preventiva mediante modificaciones en los puestos de trabajo o actividades formativas, con el consiguiente aporte de seguridad jurídica a la actividad preventiva de la empresa.

·      Incluir la predicción de actitudes en PRL enriquecerá enormemente el proceso de selección de personal (ya sea para incorporaciones o para promociones de personal).

·       Igualmente, para el proceso de nombramiento de personas con responsabilidades directas en materia de prevención de riesgos laborales (trabajadores designados, recursos preventivos o personas responsables de actuar ante medidas de emergencia, por ejemplo) es muy conveniente conocer o predecir cuál puede ser su modo de comportamiento ante las situaciones en las que su concurso resultará fundamental.

      Además, se enriquecerá y complementará el proceso de Evaluación de Riesgos, ya que los riesgos que estamos detectando hasta la actualidad no están teniendo en cuenta las características psíquicas de los trabajadores y su interrelación con el puesto que desempeñan.


Si analizamos todas y cada una de estas ventajas, veremos que su influencia positiva en la aplicación práctica de la prevención de riesgos laborales puede resultar enorme, sin entrar en valorar aspectos que llevan de manera bastante clara a ventajas económicas a corto plazo.

viernes, 21 de noviembre de 2014

¿TIENE SOPORTE JURIDICO EL ESTUDIO DE LOS FACTORES DE PERSONALIDAD EN EL MARCO DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES?


           La idea de estudiar los factores de personalidad en el ámbito preventivo no es algo nuevo que nazca como desarrollo de la prevención de riesgos laborales en nuestro país. Desde los comienzos de la actividad legislativa y complementaria a la misma se ven claros ejemplos en la normativa que ya tienen en cuenta la importancia de los factores y características personales en el desarrollo y aplicación  de la prevención de riesgos laborales.

            Veamos, con carácter no exhaustivo, algunos ejemplos: 

DIRECTIVA 89/391 CEE DE APLICACIÓN DE MEDIDAS PARA PROMOVER LA MEJORA DE LA SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES

Art.6: 2 d)
Obligaciones generales de los empresarios
2. El empresario aplicará las medidas previstas en el párrafo primero del apartado 1 con arreglo a los siguientes principios generales de prevención:
c) combatir los riesgos en su origen;
d) adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos de trabajo y los métodos de trabajo y de producción, con miras en particular, a atenuar el trabajo monótono y el trabajo repetitivo y a reducir los efectos de los mismos en la salud.

Art. 7: 5)
Artículo 7
Servicios de protección y de prevención
5. En todos los casos:
- los trabajadores designados deberán tener la capacidad necesaria y disponer de los medios necesarios,
LEY 31/95 DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES

Exposición de Motivos Punto 5.
La protección del trabajador frente a los riesgos laborales exige una actuación en la empresa que desborda el mero cumplimiento formal de un conjunto predeterminado, más o menos amplio, de deberes y obligaciones empresariales y, más aún, la simple corrección a posteriori de situaciones de riesgo ya manifestadas. La planificación de la prevención desde el momento mismo del diseño del proyecto empresarial, la evaluación inicial de los riesgos inherentes al trabajo y su actualización periódica a medida que se alteren las circunstancias, la ordenación de un conjunto coherente y globalizador de medidas de acción preventiva adecuadas a la naturaleza de los riesgos detectados y el control de la efectividad de dichas medidas constituyen los elementos básicos del nuevo enfoque en la prevención de riesgos laborales que la Ley plantea. Y, junto a ello, claro está, la información y la formación de los trabajadores dirigidas a un mejor conocimiento tanto del alcance real de los riesgos derivados del trabajo como de la forma de prevenirlos y evitarlos, de manera adaptada a las peculiaridades de cada centro de trabajo, a las características de las personas que en él desarrollan su prestación laboral y a la actividad concreta que realizan.


Art.15: 1 d)
1. El empresario aplicará las medidas que integran el deber general de prevención previsto en el artículo anterior, con arreglo a los siguientes principios generales:
c. Combatir los riesgos en su origen.
d. Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, con miras, en particular, a atenuar el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud.
Art.15: 4
4. La efectividad de las medidas preventivas deberá prever las distracciones o imprudencias no temerarias que pudiera cometer el trabajador. Para su adopción se tendrán en cuenta los riesgos adicionales que pudieran implicar determinadas medidas preventivas, las cuales sólo podrán adoptarse cuando la magnitud de dichos riesgos sea sustancialmente inferior a la de los que se pretende controlar y no existan alternativas más seguras.
Art.16  2 a)
2. Los instrumentos esenciales para la gestión y aplicación del plan de prevención de riesgos, que podrán ser llevados a cabo por fases de forma programada, son la evaluación de riesgos laborales y la planificación de la actividad preventiva a que se refieren los párrafos siguientes:
a) El empresario deberá realizar una evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores, teniendo en cuenta, con carácter general, la naturaleza de la actividad, las características de los puestos de trabajo existentes y de los trabajadores que deban desempeñarlos. Igual evaluación deberá hacerse con ocasión de la elección de los equipos de trabajo, de las sustancias o preparados químicos y del acondicionamiento de los lugares de trabajo. La evaluación inicial tendrá en cuenta aquellas otras actuaciones que deban desarrollarse de conformidad con lo dispuesto en la normativa sobre protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad. La evaluación será actualizada cuando cambien las condiciones de trabajo y, en todo caso, se someterá a consideración y se revisará, si fuera necesario, con ocasión de los daños para la salud que se hayan producido. Cuando el resultado de la evaluación lo hiciera necesario, el empresario realizará controles periódicos de las condiciones de trabajo y de la actividad de los trabajadores en la prestación de sus servicios, para detectar situaciones potencialmente peligrosas.
RD 39/97 REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCION

Art. 2.2. a)
El Plan de prevención de riesgos laborales habrá de reflejarse en un documento que se conservará a disposición dela autoridad laboral, de las autoridades sanitarias y de los representantes de los trabajadores, e incluirá, con la amplitud adecuada a la dimensión y características de la empresa, los siguientes elementos: La identificación de la empresa, de su actividad productiva, el número y características de los centros de trabajo y el número de trabajadores y sus características con relevancia en la prevención de riesgos laborales.

Art.3: 1 a)
La evaluación de los riesgos laborales es el proceso dirigido a estimar la magnitud de aquellos riesgos que no hayan podido evitarse, obteniendo la información necesaria para que el empresario esté en condiciones de tomar una decisión apropiada sobre la necesidad de adoptar medidas preventivas y, en tal caso, sobre el tipo de medidas que deben adoptarse.
Cuando de la evaluación realizada resulte necesaria la adopción de medidas preventivas, deberán ponerse claramente de manifiesto las situaciones en que sea necesario:
 
a)Eliminar o reducir el riesgo, mediante medidas de prevención en el origen, organizativas, de protección colectiva, de protección individual, o de formación e información a los trabajadores.

GUIA INSTITUTO NACIONAL SEGURIDAD E HIGIENE DEL TRABAJO SOBRE EVALUACION DE RIESGOS

Pag.2 . Punto b
La evaluación inicial de riesgos deberá hacerse en todos y cada uno de los puestos de trabajo de la empresa, teniendo en cuenta:

a) Las condiciones de trabajo existentes o previstas
b) La posibilidad de que el trabajador que lo ocupe sea especialmente sensible, por sus características personales o estado biológico conocido, a alguna de dichas condiciones.


Art. 5:  5.2.1
5.2.1. Clasificación de las actividades de trabajo
Un paso preliminar a la evaluación de riesgos es preparar una lista de actividades de trabajo, agrupándolas en forma racional y manejable. Una posible forma de clasificar las actividades de trabajo es la siguiente:
a) Áreas externas a las instalaciones de la empresa.
b) Etapas en el proceso de producción o en el suministro de un servicio.
c) Trabajos planificados y de mantenimiento.
d) Tareas definidas, por ejemplo: conductores de carretillas elevadoras.

Para cada actividad de trabajo puede ser preciso obtener información , entre otros, sobre los siguientes aspectos:
a) Tareas a realizar. Su duración y frecuencia.
c) Quien realiza el trabajo, tanto permanente como ocasional.


Art.5:  5.2.2.2.2. a) 
5.2.2.2.2. Probabilidad de que ocurra el daño
La probabilidad de que ocurra el daño se puede graduar, desde baja hasta alta, con el siguiente criterio:
• Probabilidad alta: El daño ocurrirá siempre o casi siempre
• Probabilidad media: El daño ocurrirá en algunas ocasiones
• Probabilidad baja: El daño ocurrirá raras veces

A la hora de establecer la probabilidad de daño, se debe considerar si las medidas de control ya implantadas son adecuadas. Los requisitos legales y los códigos de buena práctica para medidas específicas de control, también juegan un papel importante. Además de la información sobre las actividades de trabajo, se debe considerar lo siguiente:
a) Trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos (características personales o estado biológico).



Art.5:  5.2.4. a) y b)
5.2.4. Preparar un plan de control de riesgos
El resultado de una evaluación de riesgos debe servir para hacer un inventario de acciones, con el fin de diseñar, mantener o mejorar los controles de riesgos. Es necesario contar con un buen procedimiento para planificar la implantación de las medidas de control que sean precisas después de la evaluación de riesgos.
Los métodos de control deben escogerse teniendo en cuenta los siguientes principios:
a) Combatir los riesgos en su origen
b) Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y métodos de trabajo y de producción, con miras, en particular a atenuar el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud.


            Es posible que pueda parecer, en algunos casos, una interpretación de la normativa ligeramente extremosa;  pero si lo analizamos bajo el prisma de la existencia de características psíquicas humanas en un puesto inadecuado y que, por tanto, dichas características son fuente de riesgo, interpretaremos la normativa citada y alguna más en el sentido de que el legislador contemplaba esta idea y que tiene perfecta cabida en la normativa vigente.

            Analizar las características psíquicas de las personas en materia de prevención de riesgos laborales exige la utilización de una herramienta potente en la que hayan participado especialistas en la aplicación de la prevención de riesgos laborales y especialistas en el análisis del comportamiento humano.


            Una vez se disponga de una herramienta confiable que determine con precisión las características psíquicas de las personas en materia de prevención de riesgos relación a su puesto de trabajo, tendremos una información básica para complementar la evaluación de riesgos de nuestra empresa.

lunes, 17 de noviembre de 2014

LAS CARACTERÍSTICAS PERSONALES PSÍQUICAS COMO FACTOR DE RIESGO

Las características personales de los trabajadores y su posible inadecuación al puesto son fuente de potencial riesgo de siniestralidad que no se tienen en cuenta. Dentro de las características de las personas se encuentran las características físicas y las psíquicas.

En la actividad empresarial y en lo relativo a prevención de riesgos laborales, se suelen tener en cuenta las características físicas. A nadie se le ocurre, por ejemplo, poner a una persona con una importante discapacidad física en una pierna, que se mueve con una evidente dificultad y notable inestabilidad, en un andamio situado a 8 metros de altura. Las discapacidades físicas o inadecuaciones físicas a determinados puestos de trabajo se detectan rápidamente, en casi todos los casos a simple vista.

Pero con las psíquicas no ocurre lo mismo. Son más difíciles de detectar, hace falta un estudio profesional al que solemos oponernos pues, frecuentemente pensamos, raya lo subjetivo y, además, todos nos atrevemos a opinar al respecto aunque nuestros conocimientos sean mínimos o nulos en esta materia.

            Por poner un ejemplo clarificador, ¿quién se plantea realizar un estudio de las características personales de los trabajadores cuando debemos nombrar trabajadores designados para la actividad preventiva, o recursos preventivos para un momento productivo puntual, o bien tenemos que designar a las personas que tienen actuar en caso de una situación de emergencia?

            Imaginemos este último ejemplo. Hemos nombrado a Juan para que, en caso de emergencia, acuda a situarse en un punto concreto y, desde allí, oriente a las personas que deben evacuar el centro de trabajo o de pública concurrencia por dónde deben hacerlo. En el momento de activarse el protocolo de emergencia, Juan es presa de un ataque de pánico y, o sale despavorido o sufre un bloqueo que le impide realizar la función que tenía asignada y deja el resultado de la situación de emergencia más al azar de lo que debería.

            Pues estas características psíquicas nos hacen a cada persona distinta y, por tanto, a cada trabajador también y, como hemos podido comprobar, son fuente de riesgos laborales.

            ¿Somos todos igual de imprudentes? ¿Lo somos en las mismas condiciones? ¿Toleramos todos de igual modo el estrés? ¿Qué situaciones son las que nos provocan estrés a cada uno de nosotros? ¿Soy tendente a cumplir normas? ¿Por el simple hecho de cumplirlas? ¿Me tienen que convencer para asumir unas normas? ¿Soy una persona proactiva en mi grupo de trabajo para que se cumplan las normas de prevención? ¿Existen equipos de trabajo en los que es más probable, por las características personales de los trabajadores que los usan puedan provocar situaciones de estrés laboral?

También el estado de ánimo de los trabajadores puede ser causa de despistes con consecuencia de accidente, o de desmotivación para atender las normas de seguridad. ¿Qué le pasa últimamente a Jorge que está en las nubes?

Por ejemplo, si Jorge tiene un alto grado de neuroticismo o inestabilidad emocional, tenderá más fácilmente a verse afectado en su estado de ánimo por las situaciones de su entorno que otras personas, y por tanto a cambiar rutinas de trabajo habituales. En otros ejemplos, alguien con un alto grado de psicoticismo será menos consciente de las consecuencias de actuaciones arriesgadas, o las personas con un alto grado de curiosidad serán más proclives a aburrirse con las rutinas habituales y ensayarán otras nuevas, quizá poco recomendables desde un punto de vista de prevención de riesgos

Alguna pregunta similar podríamos hacernos en el ámbito psicosocial ¿Somos todos igual de vulnerables al acoso en el trabajo?

.           Así podríamos citar innumerables factores psíquicos que nos hacen diferentes a unas personas de otras, y que condicionan comportamientos individuales y peculiares de exposición al riesgo.


            Las preguntas que nos podemos hacer en esta materia son infinitas, pero denotan con palmaria claridad que hay factores de riesgo que no estamos estudiando suponiendo que las personas actuamos casi de igual manera ante las mismas situaciones; nada más lejos de la realidad. En la misma situación, es sabido que dos personas pueden tener, con casi totalidad certeza, reacciones completamente diferentes, incluso totalmente contrarias, también la misma persona en distintos momentos o en distintos contextos de relación psicosocial puede tener reacciones distintas.

lunes, 10 de noviembre de 2014

EL FACTOR HUMANO Y SU INFLUENCIA EN LA PREVENCION DE RIESGOS LABORALES

Cuando ocurre un accidente, siempre pensamos en cuál es el factor externo al trabajador que ha podido fallar o si ha sido una conjunción de factores igualmente externos al mismo y, en el caso de que no encontremos factores relevantes, achacamos la ocurrencia del suceso a la mala suerte o a la imprudencia del trabajador, etc. Por tanto, cuando llegamos a la conclusión de que la causa está en el trabajador, generalmente nuestro pensamiento es que no podemos hacer nada y que pasó porque tenía que pasar.

Igualmente, cuando se evalúan los riesgos laborales de una empresa, hacemos un análisis concienzudo de los equipos de trabajo que utiliza la misma, vemos sus sistemas de emergencia, sus sistemas de alimentación eléctrica, los riesgos psicosociales que se producen por la interacción entre personas, la correcta o no adaptación de los puestos de trabajo a las características físicas de las personas que los ocupan, si existe orden y limpieza, etc. Pero no se evalúan en ningún caso las características personales de los trabajadores que ocupan cada puesto de trabajo.

Cuando seleccionamos personal para nuestra empresa, exigimos una serie de requisitos académicos o conocimientos teóricos, de experiencia profesional, etc. Pero nunca estudiamos si en esa persona, y especialmente si nos encontramos en puestos donde existe cierta peligrosidad, se dan las características personales adecuadas al desempeño del puesto y nos olvidamos de que en esas características también radican posibles factores de riesgo. Y cuando acaece el accidente y no tenemos causa clara o es achacable al trabajador, pensamos…cómo ha podido pasar…con la experiencia que tenía…qué mala suerte… y solemos autojustificarnos de que hemos hecho todo lo posible, lo que pone la normativa, etc.


Pero, ¿es esto realmente así?, ¿hemos hecho todo lo posible?, ¿podemos actuar sobre las características personales del trabajador?

Ya iremos debatiendo sobre estas cuestiones posteriormente pero, de momento, ahí queda abierto...

lunes, 3 de noviembre de 2014

AUDITORIAS DE SERVICIOS ESPECIFICOS

Como ejemplo de otros trabajos que podemos realizar como una extensión del trabajo auditor, son los servicios certificados específicos para los riesgos de caída a distinto nivel “Fall Arrest Services Certificate”:
Estudios técnicos de instalación:
Permiten identificar de manera eficiente cuáles son las protecciones colectivas e individuales adecuadas en los entornos y escenarios de trabajo, fijos o eventuales.
Procedimientos de trabajo necesarios para ejecutar trabajos donde se utilizan EPI de categoría III:
Se contemplan las exigencias de las normas y las recomendaciones de los fabricantes de los equipos, permitiendo cumplir la legislación vigente.
Sistemas anticaídas en su conjunto:
Nos garantizan que los EPI utilizados de manera combinada son usados de manera correcta, según la norma de aplicación y las exigencias normalizadas de los fabricantes.

Formación y entrenamiento:
Se aplican el metodo Fall Arrest & Rescue Academy © y los programas SAC-SIRE ©. Estos programas basados en técnicas de trabajo industriales, permiten ejecutar de manera eficiente el conocimiento necesario para la utilización de los EPI asociados a la realización de los trabajos, incluyéndose las técnicas de evacuación y rescate personalizadas.
Revisión de EPI:
La norma EN 365:2005 especifica los requisitos generales mínimos para las instrucciones de uso, mantenimiento, revisión periódica, reparación y marcado de los EPI contra caídas de altura.
Ensayos y adecuación:

La obtención del certificado nos garantiza que la instalación cumple con las disposiciones legales y las exigencias de la norma, que los puntos o líneas de anclaje están instalados según las instrucciones del fabricante y que la misma dispone de las instrucciones para un uso correcto por parte del trabajador.