De la lectura de dicha Resolución parece que la opinión del mundo sindical arroja más sombras que luces a este proyecto. Las ideas principales que queremos destacar al efecto podrían ser:
- La forma actual de la ISO/DIS 45001 podría suponer un riesgo para el avance de la normativa legal en los diferentes países.
- El desarrollo de un Sistema de Gestión certificable en Seguridad y Salud conlleva el riesgo de que la certificación, en este caso de la norma ISO/DIS 45001 se utilizará como prueba del cumplimiento de los requisitos legales. Esto no es considerado aceptable por varios motivos:
- Un Sistema de Gestión no debe sustituir a una evaluación de riesgos ni debe cuestionar el enfoque basado en la prevención de riesgos desarrollado y entregado a pesar de la consulta, el diálogo social y sustentado por una fuerte regulación y la ejecución
- Los Sistemas de Gestión en esta materia están destinados a la certificación y la autorregulación en lugar de hacer cumplir la prevención de riesgos efectiva;
- Un Sistema de Gestión requiere que las organizaciones definan e implementen procesos (auditables), pero sin especificar los objetivos sustanciales de lograr en Seguridad y Salud, lo que lleva a centrarse en los procesos más que los resultados.
- En opinión de la ETUC (CES) hay conflicto entre lo postulado por la OIT y la ISO/DIS 45001 en lo referido a la representación de los trabajadores en materia de Seguridad y Salud. Concretamente,
- La norma ISO/DIS 45001 no es compatible y no respeta el principio básico del ILS de que un objetivo mínimo de un sistema de gestión de salud y seguridad en el trabajo eficaz debe ser el cumplimiento de la organización con las leyes nacionales, reglamentos y otros requisitos legales.
- La ISO/DIS 45001 no reconoce la importancia de la representación legal de los trabajadores en materia preventiva (delegados de seguridad o prevención, trabajadores en los comités de seguridad y salud o los comités mixtos de seguridad y salud] así como de mecanismos a nivel del lugar de trabajo para lograr la participación y consulta de los trabajadores en materia de seguridad y salud en el trabajo.
- ISO/DIS 45001 no respeta y apoya la acción de la OIT, relacionada con ILS, y que distingue entre el significado y términos de la participación y consulta en esta materia.
Por todo lo anterior, la recomendación de la UTEC (CES) es que se debe adaptar la Norma ISO/DIS 45001 a lo dispuesto en los Convenios de la OIT y no al contrario, propone a la organizaciones miembro rechazar el proyecto y aporta medidas para adoptar un cambio en las mismas.
Acompañamos a esta información dos enlaces, la Nota sobre la Resolución de ETUC (CES) sobre el proyecto de la ISO 45001 (a través de nuestros amigos Sánchez-Toledo y Asociados y desde cuyo enlace se puede acceder a la Resolución en Versión Original y traducida al castellano) y el artículo que publicó PREVYCONTROL en www.prevencionar.com acerca de las diferencias conceptuales entre las Auditorías Legales de SGPRL y las Auditorías de Certificación en materia de Seguridad y Salud.
http://st-asociados.com/2016/04/resolucion-etuc-la-futura-norma-iso-45001/
http://prevencionar.com/2016/03/14/diferencias-conceptuales-auditorias-certificacion-auditorias-legales/
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